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9 de abril de 2016

Confirman que el terreno de una plaza en Martínez es del Estado



Después de nueve años de litigio judicial, la Sala III de la Cámara Civil y Comercial N° 2 de La Plata rechazó una demanda de Jorge Born, que le reclamaba a la Provincia un predio de casi 8.000 metros cuadrados donde ahora hay una plaza pública, entre el Río de la Plata y el Tren de la Costa, en Martínez. El empresario alegaba que el terreno le correspondía, por ser el último sucesor con vida de su tatarabuelo Ladislao Federico Martínez, el dueño de las tierras donde se fundó esa localidad. Pero la Justicia entendió que el predio forma parte del cauce del río, que fue rellenado, y que por lo tanto pertenece al Estado.
El terreno está ubicado en Elcano y Alvear, sobre la costa, y actualmente está ocupado por una plaza pública y un centro recreativo para jubilados. En 2007, Born promovió un acción de reivindicación desde Brasil para recuperarlo. Según la demanda, en una transferencia de dominio realizada en 1909 esas tierras quedaron a nombre de Matilde Martínez de Ayerza, la bisabuela de Born por parte de madre. Pero en la inscripción, de acuerdo a lo que alegó el empresario ante la Justicia, “se omitió incluir la porción que se encuentra entre las vías del ferrocarril y el Río de la Plata”.
“Dichos lotes nunca fueron tierras sin dueño ni tampoco de la Provincia de Buenos Aires, como pretende la demandada”, sostenía el letrado de Born en la demanda. Y continuaba: “Eran tierras de relleno, razón por la cual no tienen ninguna de las características que según el Código Civil, la jurisprudencia y la doctrina son necesarias para considerarlas tierras aluvionales a favor del Estado local”.
El Juzgado Civil y Comercial N° 5 a cargo de Fabiana Coradi ya había fallado en forma adversa a Born y le había dado la razón a la Fiscalía de Estado bonaerense. Este organismo, cuya función es velar por el patrimonio de la Provincia, defendió ante la Justicia el carácter público del terreno. Y ahora, la Sala III de la Cámara confirmó el fallo de primera instancia y le volvió a dar la razón.
La Cámara coincide en que las tierras que reclama el ex titular de Bunge & Born originariamente correspondían al cauce del río y sus márgenes inundables, por lo que integraban los bienes del dominio público del Estado. Además, señala que todo accionar posterior del hombre no cambia la naturaleza jurídica de dichas tierras, por lo que se encuentran fuera de alcance de cualquier tipo de reclamo. Porque el predio, según señaló una pericia realizada por un geólogo, es un margen inundable del río que fue rellenado por el hombre, que de esta manera subió su cota de 1,24 metros a 4,50 metros sobre el nivel del mar.
“La posición del terreno estudiado se encontraba originariamente en niveles inundables antes de ser rellenado”, subraya el fallo de Cámara. Y sostiene que “el cauce de los ríos integra el conjunto de los bienes públicos estatales (art. 2340 del Código Civil), de modo tal que acierta la sentencia al concluir que ni la posesión ni la reivindicación es admisible ante bienes del dominio público del Estado”.
En 1977, el decreto de la provincia de Buenos Aires 1980 le cedió a la Municipalidad de San Isidro la administración de todos los predios fiscales ubicados en las márgenes del Río de la Plata. Sin embargo, la propietaria sigue siendo la Provincia.

VIA CLARIN

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