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15 de enero de 2018

Con límites, desde ahora, se podrán embargar las cuentas sueldo

Desde el Banco Central aseguran que mejorará el acceso al crédito. La oposición rechaza la medida.
Con límites, desde ahora, se podrán embargar las cuentas sueldo
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El Gobierno modificó con un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) la Ley de Contrato de Trabajo y resolvió que las cuentas sueldo podrán ser embargadas, bajo determinadas condiciones. La medida fue destacada por el Banco Central, que en un comunicado afirmó que esto permitirá "aumentar la calidad crediticia y el acceso al crédito de alrededor de nueve millones de titulares" de este tipo de cuentas, ya que así los bancos tendrán un reaseguro para cobrar sus préstamos en casos de incumplimiento.
EL DNU N° 27/18, que dictó el presidente Mauricio Macri para desburocratizar y simplificar el funcionamiento del Estado, incluye 170 medidas para simplificar regulaciones y potenciar la producción en 11 áreas del Estado, según anunció el Gobierno. Una de ellas fue la eliminación de la inembargabilidad de las cuentas sueldo, que se había adoptado en la Ley N°27.320, que aprobó el Congreso en noviembre de 2016.
La oposición cuestionó duramente la medida. El jefe del bloque de diputados kirchneristas, Agustín Rossi, dijo que el DNU es "inconstitucional", ya que "no respeta la división de poderes" y, entre otras modificaciones, "facilita el embargo de las cuentas sueldo de los trabajadores". Por eso, van a reclamar la derogación del DNU; mientras que la dirigente Margarita Stolbizer (GEN) anunció que cuando termine la feria judicial va a pedir que la Justicia lo declare "inconstitucional".
Es que a fines de 2016 el Congreso estableció que no se podían "trabar embargos de ningún tipo sobre la cuenta sueldo". Pero el Gobierno resolvió ahora modificarlo con un DNU, para "mejorar el perfil crediticio de los ahorristas del sistema financiero yotorgarles mayor y mejor acceso al crédito", según planteó en los considerandos del DNU.

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El constitucionalista Andrés Gil Domínguez señaló a Clarín que es "incomprensible" que el Gobierno modifique una ley sancionada por el Congreso hace poco más de un año, para "limitar el derecho al trabajo y la intangibilidad del salario. Con esta decisión, el Gobierno apuesta a una visión mercantilista y neoliberal, que choca contra los derechos garantizados en la Constitución Nacional", aseguró Gil Domínguez.
Antes, la única posibilidad de embargar parte del sueldo, era a través de la retención de hasta el 20% de lo que superara el Salario Mínimo Vital y Móvil, que sólo podía retener el empleador.
La nueva normativa establece que a partir de ahora también se podrá embargar parte del salario directamente de las cuentas sueldo de los empleados. Pero únicamente el monto que exceda al "equivalente a tres veces el salario promedio recibido por el trabajador en los últimos seis meses", según informó el Banco Central. Por ejemplo, si un trabajador cobra $20.000 por mes, el embargo podrá implementarse recién a partir de los $60.000.
Una fuente del Banco Central planteó que antes aquellos que "no pasaban alimentos" o tenían "deudas judicializadas" dejaban todo su dinero en las cuentas sueldo porque eran inembargables. Por eso, esta medida permite mejorar las "condiciones de acceso al crédito" e incentiva la "inclusión financiera, a través del acceso de la población a servicios financieros equitativos y de calidad, eliminando barreras de acceso a los sectores más vulnerables".

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Otras medidas
Por otra parte, el Banco Central informó en su comunicado que los decretos publicados incluyen otras medidas para simplificar operatorias financieras:
1) “Se habilitan nuevos métodos para la celebración a distancia de contratos de tarjeta de crédito, cheque, letra de cambio y pagaré. Esto permitirá, por ejemplo, que los bancos emitan cheques electrónicos y la creación de nuevas formas de acceso remoto a servicios financieros”.
2) “Se incorpora el saldo de boleto de compraventa como uno de los instrumentos de financiación que podrán celebrarse en UVA o en UVI. De esa manera, los desarrolladores podrán otorgar préstamos desde el pozo a una cuota menor y actualizable”.

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3) “En relación con la actividad de cambios, se modificó la ley de casas y agencias de cambio para brindar más flexibilidad al sistema. El objetivo es generar un mercado de cambios competitivo y eficiente, que provea soluciones a quienes necesitan cambiar pesos por otra moneda a toda hora, en lugares comunes y cualquier día de la semana. También se eliminan trámites burocráticos para la exportación de billetes extranjeros”.
4) “Se eliminó un tope regulatorio a la tasa que remunera los depósitos bancarios alcanzados por el sistema de garantía de los depósitos”, sostuvo el BCRA. Hasta ahora, si alguien depositaba pesos en un banco que le pagaba una tasa más de dos puntos encima que la ofrecida a un plazo similar por el Banco Nación, sus fondos quedaban fuera de la garantía del sistema de seguros de depósitos. Ese límite fue eliminado, pero la cobertura de los depósitos se mantiene hasta un máximo de $ 450.000.

via clarin

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