HECHOS QUE ME INTERESAN, La Frase: " La duda es el principio de la sabiduría."
26 de octubre de 2011
Mineras y petroleras deberán liquidar los dólares de sus exportaciones en el país
Mientras la presidenta del Banco Central, Mercedes Marcó del Pont, salía a asegurarles a los banqueros que no habrá problemas con el dólar, el Gobierno preparaba la publicación de un decreto que obliga a las mineras y petroleras a liquidar las divisas de sus exportaciones en el país.
La medida, establecida en el decreto 1722 publicado hoy en el Boletín Oficial, elimina el régimen especial del que gozaban las exportaciones de petróleo, gas natural y licuado y productos mineros. El texto lleva las firmas de la presidenta Cristina Fernández; el jefe de Gabinete, Aníbal Fernández; y el ministro de Economía, Amado Boudou.
Así, los dólares provenientes de esas exportaciones deberán obligatoriamente ingresar al mercado de divisas argentinos. Eso, por lo menos en principio, aumentará la oferta, lo que le facilitaría al Banco Central el control del precio del billete norteamericano. Según datos del INDEC, en los primeros nueve meses del año las exportaciones de combustibles y minería fueron de US$ 4.552 millones, una baja de 3% interanual, y de 499 millones en septiembre, para una caída de 9% en la comparación con igual mes de 2010. Hasta la fecha, en virtud del decreto 2703 de diciembre de 2002, las petroleras y mineras estaban obligadas a liquidar en el país al menos el 30% de los dólares provenientes de sus exportaciones, a diferencia de las cerealeras, que rinden el 100 por ciento.
En las últimas semanas, se incrementó la fuga de divisas y, consecuentemente, la demanda de dólares, con lo que la divisa estadounidense sufrió una presión al alza que la hizo subir dos centavos pese a las millonarias ventas del Central.
El decreto que reestablece la obligatoriedad de que petroleras y mineras liquiden las divisas de sus exportaciones en el mercado local menciona "razones de equidad" y argumenta que la decisión se tomó porque se modificaron "las circunstancias que dieran origen a las excepciones aludidas y con la finalidad de otorgar un trato igualitario respecto de las demás actividades productivas, como por ejemplo las del complejo agro exportador".
La norma que dispuso originalmente la obligatoriedad del ingreso y negociación en el mercado de cambios de la totalidad de las divisas provenientes de la exportación de empresas productoras de petróleos crudos o de sus derivados, de gas natural y de gases licuados y mineras es el decreto 2581 del 10 de abril de 1964.
via Clarin
Suscribirse a:
Comentarios de la entrada (Atom)
1 comentario:
me parece una medida correcta, creo que los que no aportan son la pesca, de ser asi tambien tendrian que estar incluidos en esa medida .
salu2 liquida2
Publicar un comentario